La expulsión de los judíos de España

Los judíos constituyeron en la España medieval una de las comunidades más prósperas de su historia, tanto bajo el dominio musulmán como, posteriormente, en los reinos cristianos, antes de que en 1492 fuesen expulsados por los Reyes Católicos.

La expulsión de los judíos de Castilla y Aragón en 1492, fue uno de los hechos más debatidos de la historia de España. Mientras que Inglaterra y Francia habían expulsado a los judíos en 1290 y 1394, en los reinos hispanos habían acogido a un gran número de hebreos, aunque en 1391 se habían producido matanzas de judíos en Sevilla, Barcelona, Lérida, Valencia y Mallorca. Desde la persecución de 1391 y la conversión de miles de hebreos por esas fechas, el problema de los judíos pasó a ser una cuestión secundaria en Castilla y Aragón. Para los judíos conversos las barreras desaparecieron, podían ejercer cualquier oficio, llegar al gobierno de las ciudades o al servicio del Rey, sin olvidar los matrimonios contraídos con familias cristianas.

Sin embargo, en 1408 los judíos castellanos y aragoneses fueron obligados a vivir en las Juderías, llevando distintivos especiales. En 1415 el Pontífice Benedicto XIII, conocido como el 'Papa Luna', Papa de Aviñón durante el Cisma de Occidente, promulgó una Bula contra los judíos. La Bula produjo conversiones en masa, consagrándose varías Sinagogas catalanas.





Durante la minoría de edad de Juan II, doña Catalina de Lancaster con la Pragmática de 1412 pretendió anular la convivencia entre cristianos y judíos. El joven rey Juan II fue declarado mayor de edad en Cortes celebradas en Madrid el 7 de marzo de 1419; aunque lo único que hizo fue cambiar de tutela, entregándose en las manos de su favorito, don Álvaro de Luna, quien, a fin de granjearse el apoyo popular, fue el instigador de la Pragmática de 1443, más razonable que la elaborada por doña Catalina de Lancaster, que permitía a los cristianos trabajar a las órdenes de los judíos, cuyo trabajo anteriormente se consideraba indigno. La protección de don Álvaro de Luna a los judíos marcó en gran manera su desastroso final el 2 de junio de 1453 en Valladolid.

El rey Alfonso V de Aragón (1416 - 1458), sanciona en 1424 que los judíos no puedan instalarse en Barcelona, permitiendo sólo una residencia de paso, siempre que llevasen distintivos especiales.

En 1480 las Cortes celebradas en la ciudad de Toledo sancionan la prohibición de convivencia entre judíos y cristianos, el uso de señales externas para los judíos (círculos rojos), la asignación de barrios separados o aljamas, la prohibición de llevar vestidos suntuosos, la obligación de tributar bajo un régimen fiscal distinto al de los cristianos. A cambio, los judíos pudieron regirse por sus propias leyes y celebrar su culto en las Sinagogas. En Andalucía se da la orden de expulsión de los judíos, aunque no se lleva a cabo hasta 1485.

A pesar de todos estos signos preocupantes, y aunque las juderías (barrios judíos) en los últimos años habían perdido fuerza, los judíos eran conscientes de su importancia como contribuyentes (además de los impuestos de los cristianos, pagaban otros impuestos especiales). El error de los judíos fue no percibir el peligro que representaba para ellos la Bula del Pontífice Sixto IV, que en 1478 autorizaba el establecimiento de la Inquisición en el reino de Castilla, y que en 1492 quedaba instituida en toda la monarquía.

En 1491 los Reyes Católicos ponen sitio a Granada; judíos conversos financiaron al ejército cristiano. En enero de 1492, las huestes cristianas tomaron Granada tras la rendición de los nazaríes. Los Reyes Católicos, queriendo dar un sentido trascendental al fin de la presencia política de los musulmanes en España, culminaron la reconquista imponiendo la uniformidad religiosa.

Tres meses después de la toma de Granada, el 31 de marzo de 1492, se promulgó el Edicto de expulsión de los judíos no conversos. Para que nadie lo ignorase, el Edicto Real fue leído por un pregonero en las plazas públicas de cada pueblo o ciudad, en presencia de un notario. En el Edicto se explicó que el contacto entre conversos y judíos originaba un gran daño a la fe cristiana.

El plazo que se les otorgó para salir de España fue de cuatro meses, antes del 31 de julio, permitiendo que liquidaran sus negocios y vendieran sus propiedades antes de la marcha, pero no podían acarrear oro ni plata. Los judíos que no hubieran salido en ese plazo, incurrían en pena de muerte y confiscación de bienes. No obstante, quedaba la posibilidad de quedarse para todos aquellos judíos que decidieran abrazar al cristianismo. En esta ocasión se tenía la seguridad de que los nuevos judíos conversos no escaparían de la Inquisición.
Por motivos logísticos se extendió este plazo hasta el 2 de agosto a las doce de la noche. El día 2 de agosto coincidió con la partida de Cristóbal Colón hacia el descubrimiento de una nueva ruta a las Indias, viaje que acabó con el descubrimiento de América.

Algunos rabinos intentaron negociar con la corona una prórroga del derecho de residencia, mientras que otros animaron a sus comunidades a resistir en su fe ancestral y afrontar con dignidad el exilio. En general, la mayoría de los judíos optó por el destierro. Algunas conversiones espectaculares, con gran publicidad, fueron utilizadas para persuadir a otros judíos de que se convirtieran al cristianismo. En distintos lugares, los Regidores iban de casa en casa persuadiendo a los judíos para que se convirtieran, ya que su marcha significaba la ruina de la ciudad.

Los últimos estudios de judíos que salieron de España arrojan una cifra de unas 50.000 personas.
Generalmente, los judíos exiliados terminaron en zonas mediterráneas o países cercanos.
La mayoría de los judíos de Castilla pasaron a Portugal, donde el monarca Juan II los aceptó por una estancia limitada de seis meses, previo pago de un ducado por persona. Muchos de ellos se quedaron más tiempo hasta que fueron expulsados en 1497 por el rey Manuel I.
Los judíos de Aragón se dirigieron hacía Navarra o a Tortosa para embarcarse.
Los judíos de Álava se dirigieron hacia Navarra (reino independiente hasta 1512), hasta que en 1498 se les expulsó de allí, marchando entonces hasta Francia donde fundaron el barrio del Santo Espíritu de Bayona.
Los judíos de Andalucía se dirigieron hacía el Puerto de Santa María, donde embarcaron hacia la ciudad portuguesa de Arcila (Marruecos) donde hubo un cruce entre los judíos que venían expoliados del reino de Fez y los que deseaban llegar. De cualquier modo, los judíos que llegaron al reino de Fez fueron expoliados, tanto por los musulmanes como por los judíos instalados desde hacía tiempo.
Los judíos que se trasladaron hacia Italia tuvieron mejor suerte, exceptuando los que se dirigieron a Génova, donde nunca se autorizó a los judíos a establecerse en sus dominios. Exceptuando a los genoveses, el rey de Nápoles, el duque de Ferrara y el Pontífice acogieron con simpatía a los judíos exiliados.
Muchos judíos pasaron por Italia como una etapa que conducía hasta Oriente, a Constantinopla, Rodas, Sarajevo, Sofía, etc. Los judíos españoles encontraron el Imperio Otomano una segunda patria en la que, aunque sometidos a vejaciones y a una fuerte presión fiscal, la comunidad sefardita se convirtió en el centro donde brillaron numerosos de sus miembros.
Otras comunidades sefardíes surgieron en Flandes, suroeste de Francia, norte de África y Oriente Medio.

La expulsión de los judíos ha sido un tema muy controvertido en la historiografía de España.
Para algunos historiadores, el declive económico español arranca de una medida que termino con la única burguesía existente entonces en la Península, además de implantar la intolerancia social y religiosa en el devenir histórico de España.
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